Puedes realizar un retiro por desempleo acudiendo a alguna de nuestras sucursales, a través de servicios en línea y/o a través de nuestra aplicación Principal México (estas últimas dos opciones aplican para trabajadores que cotizan en el IMSS).
Recuerda conformar tu expediente de identificación, realizar una presolicitud de Retiro Parcial, ingresar al portal e-SAR y obtener tu Clave Única de Servicio, la cual deberás llevar impresa a la sucursal de Principal más cercana a tu domicilio, o si prefieres, podrás realizar tu presolicitud directo en sucursal. Conoce más información aquí.
Para realizar este trámite es primordial no haber obtenido este derecho con anterioridad, haber contraído matrimonio civil a partir del 01 de julio de 1997, tener mínimo 150 semanas cotizadas a la fecha de tu matrimonio civil, estar afiliado en alguna Unidad de Medicina Familiar (solo aplica para trabajadores que cotizan en el IMSS), seguir vigente como asegurado en la fecha que se contrajo el matrimonio. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrás solicitar la prestación, si el matrimonio se contrajo dentro de los 90 días hábiles contados a partir de tu baja.
Deberás contar con tu expediente de identificación, documento impreso con la Clave Única de Servicio que recibiste en tu correo electrónico al realizar la presolicitud en el portal e-SAR o podrás realizar tu presolicitud directo en sucursal. Para más información da clic aquí.
Puedes realizar tu corrección y/o actualización de datos asistiendo a una de nuestras sucursales o a través de nuestro Centro de Atención Telefónica 81 8056 4624 y *4624 desde tu celular.
Para generar tu expediente de identificación no presencial deberás enviar al correo electrónico documentacion@principal.com los documentos probatorios para realizar la modificación.
Para más información da clic aquí.
Para comenzar a tramitar tu pensión, es necesario que tus datos estén registrados correctamente en nuestro sistema, además de tener claro bajo que régimen comenzaste a cotizar, ya sea Ley 73 o Ley 97.
Para más información da clic aquí.
Recibir en tu domicilio o por correo electrónico tu Estado de Cuenta.
Ser atendido el mismo día en el que te presentas a una sucursal a solicitar un servicio.
Ser informado sobre el estado que guardan tus solicitudes de servicio o su resultado en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de su recepción por parte de la Afore.
Recibir un folio por cada consulta, aclaración, trámite o queja que presentes.
Si presentas tu queja por escrito, debes recibir un acuse de recibo.
Para consultar la Carta de Derechos da clic aquí.
Para consultar el código de ética da clic aquí.
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