Retiro por matrimonio

Si contrajiste matrimonio civil a partir del 1° de julio de 1997, puedes solicitar este tipo de retiro, ya que forma parte de tus derechos al estar afiliado a una Afore. Este beneficio equivale a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y corresponde al año en que se efectúa la unión.

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TRÁMITE PRESENCIAL
IMSS TRÁMITE PRESENCIAL
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 TIEMPO APROXIMADO DEL TRÁMITE
TIEMPO APROXIMADO DEL TRÁMITE: 5 DÍAS HÁBILES

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Titular de la cuenta individual.

¿CANALES POR DÓNDE LO PUEDES REALIZAR?

Sucursales, AforeWeb y AforeMóvil.

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requisitos
REQUISITOS
  1. Haber contraído matrimonio civil a partir del 1º de julio de 1997.
  2. Tener mínimo 150 semanas cotizadas a la fecha de tu matrimonio civil.
  3. No haber realizado este retiro con anterioridad.
  4. Estar afiliado en alguna Unidad de Medicina Familiar (solo aplica para trabajadores que cotizan en el IMSS).
  5. Seguir vigente como asegurado en la fecha que se contrajo el matrimonio. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrás solicitar la prestación, si el matrimonio se contrajo dentro de los 90 días hábiles contados a partir de tu baja.

Nota: Sólo aplica para trabajadores que cotizan al IMSS.

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DOCUMENTOS

DOCUMENTOS POR TITULAR

Deberás presentar en original:

  1. Acta de matrimonio sin tachaduras o enmendaduras y fecha de matrimonio posterior al 1 de julio de 19971.
  2. Identificación oficial vigente con fotografía y firma. 
    Se podrá solicitar más de una identificación para acreditar la titularidad de la cuenta (cualquiera de las siguientes que contengan foto y firma):
    • Credencial para votar (expedida por el INE).
    • Pasaporte.
    • Matrícula consular.
  3.  Un comprobante del domicilio registrado con menos de 3 meses de antigüedad2 (la solicitud de estos documentos es para comprobar tu residencia o el domicilio en el que vives actualmente).
    • Suministro de energía eléctrica.
    • Estados de cuenta por servicios de telefonía o gas.
    • Derechos por suministro de agua.
    • Impuesto predial.
    • Estados de cuenta bancarios o de tiendas departamentales (a nombre del titular).
    • Constancia de situación fiscal.
  4. Estado de cuenta bancario a nombre del titular, con menos de 3 meses antigüedad, en donde aparezca RFC con homoclave y CLABE interbancaria. La cuenta debe permitir depósitos, transferencias y realizar retiros y pagos. Por disposición oficial la entrega de los recursos únicamente es a través de transferencia bancaria al titular de la cuenta individual.

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