¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Titular de la cuenta individual y beneficiarios.
¿CANALES POR DÓNDE LO PUEDES REALIZAR?
Sucursales.
DOCUMENTOS POR TITULAR
Deberás presentar en original:
- Resolución por negativa de pensión o documento de retiro de saldo por negativa.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
Se podrá solicitar más de una identificación para acreditar la titularidad de la cuenta (cualquiera de las siguientes que contengan foto y firma):- Credencial para votar (expedida por el INE).
- Pasaporte.
- Matrícula consular.
- Un comprobante del domicilio registrado con menos de 3 meses de antigüedad1 (la solicitud de estos documentos es para comprobar tu residencia o el domicilio en el que vives actualmente).
- Suministro de energía eléctrica.
- Estados de cuenta por servicios de telefonía o gas.
- Impuesto predial.
- Estados de cuenta bancarios o de tiendas departamentales (a nombre del titular).
- Constancia de situación fiscal.
- Estado de cuenta bancario a nombre del titular, con menos de 3 meses antigüedad, en donde aparezca RFC con homoclave y CLABE interbancaria. La cuenta debe permitir depósitos, transferencias y realizar retiros y pagos. Por disposición oficial la entrega de los recursos únicamente es a través de transferencia bancaria al titular de la cuenta individual.
Nota: Si después de 30 días naturales no se pudo realizar el depósito a tu cuenta individual los recursos serán reinvertidos y se tendrá que solicitar nuevamente el trámite.
Si eres beneficiario adicional deberás presentar en original:
- Identificación oficial vigente, con fotografía y firma: INE, pasaporte y matrícula consular.
- Acta de nacimiento del beneficiario.
- Documento que acredite parentesco. Acta de matrimonio (menor a 6 meses), testimonial concubinato emitido por un tribunal laboral, acta de nacimiento o pasaporte mexicano de hijos o registrados (en caso de orfandad), acta de nacimiento del titular (en caso de ascendencia), resolución de pensión viudez, orfandad, ascendencia que declare la calidad del beneficiario (emitida por un tribunal laboral).
- Acta de defunción del titular.
Nota: Todos los beneficiarios2 señalados en la resolución de pensión se deberán presentar a realizar el trámite en conjunto, con la documentación probatoria del titular arriba mencionado.
Si eres representante legal, tutor o curador, adicionalmente deberás presentar en original:
- Credencial para votar (expedida por el INE).
- Documento el cual se acredite la personalidad.
- Para trabajadores IMSS se entregarán los recursos acumulados en la Cuenta Individual, con excepción de los recursos en SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92. Estos recursos se te entregarán hasta cumplir 65 años de edad.
- No todas las negativas de pensión otorgan el derecho a disponer de los recursos de la Cuenta Individual.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Titular de la cuenta individual y beneficiarios.
¿CANALES POR DÓNDE LO PUEDES REALIZAR?
Sucursales.
DOCUMENTOS POR TITULAR
Deberás presentar en original:
- Resolución por negativa de pensión. En el caso del ISSSTE negativa de pensión.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
Se podrá solicitar más de una identificación para acreditar la titularidad de la cuenta (cualquiera de las siguientes que contengan foto y firma):- Credencial para votar (expedida por el INE).
- Pasaporte.
- Matrícula consular.
- Un comprobante del domicilio registrado con menos de 3 meses de antigüedad1 (la solicitud de estos documentos es para comprobar tu residencia o el domicilio en el que vives actualmente).
- Suministro de energía eléctrica.
- Estados de cuenta por servicios de telefonía o gas.
- Impuesto predial.
- Estados de cuenta bancarios o de tiendas departamentales (a nombre del titular).
- Constancia de situación fiscal.
- Estado de cuenta bancario a nombre del titular, con menos de 3 meses antigüedad, en donde aparezca RFC con homoclave y CLABE interbancaria. La cuenta debe permitir depósitos, transferencias y realizar retiros y pagos. Por disposición oficial la entrega de los recursos únicamente es a través de transferencia bancaria al titular de la cuenta individual.
Nota: Si después de 30 días naturales no se pudo realizar el depósito a tu cuenta individual los recursos serán reinvertidos y se tendrá que solicitar nuevamente el trámite.
Si eres beneficiario adicional deberás presentar en original:
- Identificación oficial vigente, con fotografía y firma: INE, pasaporte y matrícula consular.
- Acta de nacimiento del beneficiario.
- Documento que acredite parentesco. Acta de matrimonio (menor a 6 meses), testimonial concubinato emitido por un tribunal laboral, acta de nacimiento o pasaporte mexicano de hijos o registrados (en caso de orfandad), acta de nacimiento del titular (en caso de ascendencia), resolución de pensión viudez, orfandad, ascendencia que declare la calidad del beneficiario (emitida por un tribunal laboral).
- Acta de defunción del titular.
Nota: Todos los beneficiarios2 señalados en la resolución de pensión se deberán presentar a realizar el trámite en conjunto, con la documentación probatoria del titular arriba mencionado.
Si eres representante legal, tutor o curador, adicionalmente deberás presentar en original:
- Credencial para votar (expedida por el INE).
- Documento el cual se acredite la personalidad.
- Para trabajadores ISSSTE se entregarán los recursos acumulados en la Cuenta Individual en una sola exhibición, en caso de haber optado por el régimen Décimo Transitorio que no cuente con una Negativa de pensión, podrán retirar los recursos acumulados hasta cumplir 65 años de edad.
- No todas las negativas de pensión otorgan el derecho a disponer de los recursos de la Cuenta Individual.