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IMSS / ISSSTE TRÁMITE PRESENCIAL
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TIEMPO APROXIMADO DEL TRÁMITE: 5 DÍAS HÁBILES
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DOCUMENTOS
Deberás presentar en original:
- Identificación oficial vigente (cualquiera de las siguientes que contengan foto y firma):
- Credencial para votar (expedida por el INE/IFE).
- Pasaporte mexicano.
- Cédula profesional (expedida por la SEP).
- Cartilla del servicio militar1.
- Documento migratorio o matrícula consular.
Para menores de edad:
- Acta de nacimiento o pasaporte mexicano.
- Identificación oficial de quien ejerza la patria potestad o del tutor (acta de nacimiento, documento migratorio o carta de naturalización).
- Un comprobante del domicilio registrado con menos de 3 meses de antigüedad
- Suministro de energía eléctrica.
- Estados de cuenta por servicios de telefonía o gas.
- Derechos por suministro de agua.
- Impuesto predial.
- Estados de cuenta bancarios o de tiendas departamentales.
- Estado de cuenta bancario a tu nombre, con antigüedad menor a 3 meses, en donde aparezca RFC con homoclave y CLABE interbancaria. Te recomendamos validar con tu banco si tiene alguna restricción o monto límite para recibir transferencias.
Descargar guía
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BENEFICIARIOS
Las personas que hayan sido acreditadas como beneficiarios en la resolución, Concesión de Pensión o Laudo que declare la calidad de beneficiario, tendrán derecho a disponer de los recursos de las subcuentas de aportaciones voluntarias adicionalmente deberán presentar en original y copia los siguientes documentos:
- Resolución, concesión de pensión o acreditación de beneficiario otorgada por la Junta de Conciliación.
- Acta de defunción del trabajador.
- Identificación oficial vigente de la persona que inicie el trámite: credencial para votar (expedida por el INE/IFE).
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¿EL TRÁMITE LO VA A REALIZAR OTRA PERSONA?
Adicionalmente deberá presentar en original y copia los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma del Representante/ Apoderado Legal, Curador o Tutor:
- Credencial para votar (expedida por el INE).
- Documento (poder notarial, previamente validado por el área legal) el cual se acredite la personalidad del Representante/ Apoderado Legal, Curador o Tutor.
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CONSIDERACIONES IMPORTANTES
- Si tienes saldo en la subcuenta de aportaciones voluntarias (deducibles y no deducibles), deberán haber transcurrido al menos 6 meses del último retiro o primera aportación.
- Si tienes saldo en la subcuenta de aportaciones voluntarias a largo plazo, se deberá haber cumplido con la permanencia mínima de 5 años para su retiro.
- Sólo podrás disponer de tus aportaciones complementarias cuando tengas derecho a retirar las cuotas y aportaciones obligatorias del SAR. Para poder disponer de estos recursos debes contar con una Resolución de Pensión o una Negativa de Pensión otorgada por el Instituto de Seguridad Social para el que cotizaste, o bien, al cumplir los 65 años de edad. En caso de retirar estas aportaciones antes de los 65 años de edad, serás acreedor a una penalización fiscal del 20% por concepto de ISR.